ENTREVISTA LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD

En 2022, el panorama concursal ha sufrido importantes transformaciones en España. Lo que se planteó como un intento de acompasar nuestro ordenamiento en materia concursal a las formas europeas, recibió en su momento hasta seiscientas alegaciones por parte de todos los estamentos del panorama de la insolvencia español. Desde el administrador concursal hasta la entidad especializada en realización concursal, todas las voces alzaron sus enmiendas de mejora.

Superados todos los escollos, el proyecto legislativo ha llegado a su destino. Ya tenemos una nueva norma para regular la insolvencia, los concursos acreedores y por supuesto, la Ley de Segunda Oportunidad, con todo lo que ello significa para las personas físicas y autónomos que no pueden hacer frente a sus compromisos de pago.

Cambios, novedades, nuevos procesos… Está todo tan reciente, que no sabemos muy bien cómo ha quedado el peinado que le han hecho a esta ley concursal y, especialmente, albergamos dudas en lo que tiene que ver con Ley de Segunda Oportunidad.

Cuando se tienen dudas, lo mejor es preguntar a aquel que sabe. Ángel López Sors González, es abogado al frente de un despacho LSO Abogados, que como su propio nombre indica, dedica toda su actividad a la atención de casos relacionados con la Ley de Segunda Oportunidad. Nadie mejor para trasladar las preguntas que todos tenemos en mente.

ENTREVISTA LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD

Procedimiento para la exoneración de deudas —hasta ahora conocido como “beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho”— se ha visto afectado por la novedad que supone la reforma de la ley concursal. ¿Qué cambios introduce la reciente reforma concursal española en el procedimiento popularmente conocido como Ley de Segunda Oportunidad?.

La nueva reforma de la Ley Concursal introduce varios e importantes cambios en la llamada Ley de Segunda Oportunidad. Por un lado, simplifica el procedimiento, haciéndolo más ágil y, se supone, que más rápido. Por otro lado, dota al deudor de más herramientas para conseguir la exoneración total o parcial de sus deudas. 

La parte negativa, la sobreprotección y casi imposible exoneración del crédito de derecho público, Hacienda y Seguridad Social. 

Bajo su punto de vista, ¿es una reforma positiva que viene a mejorar lo que había?

En líneas generales me parece una reforma positiva, con el lado oscuro de la sobreprotección del crédito público.

No obstante, la gran mayoría de los agentes jurídicos (jueces, letrados de la Administración de Justicia, abogados, etc) tenemos el convencimiento de que en breve espacio de tiempo, el panorama mejorará de forma más que sensible.

Estamos en un momento económico que no presagia los mejores augurios. Inflación, conflictos internacionales, crisis energéticas o tipos de interés disparados hacen presuponer que vienen meses difíciles para muchas familias, que tendrán dificultades para hacer frente a sus compromisos de pago: ¿cree que hay un conocimiento generalizado de la existencia de esta Ley de Segunda Oportunidad?

No, los llamados mecanismos de segunda oportunidad son los grandes desconocidos de la población que más los necesita. De hecho, en España la Ley de Segunda Oportunidad está muy infrautilizada en comparación con los países de nuestro entorno económico, social, geográfico y político. Hasta el punto de que en España hay casi un 80% menos de procesos de insolvencia de personas jurídicas que en Francia o que en Alemania.

ENTREVISTA LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD

En España la Ley de Segunda Oportunidad está muy infrautilizada comparado con nuestro entorno. En España hay casi un 80% menos de procesos de insolvencia de personas jurídicas que en Francia o que en Alemania

¿Qué beneficios pueden encontrar las personas/familias que se acojan al procedimiento de Segunda Oportunidad?

El primer beneficio, la tranquilidad y la paz familiar. Realmente supone una segunda oportunidad, un nuevo comienzo (en los países anglosajones se denomina fresh start) poder enfocar la vida familiar sin lastres pasados. 

¿Qué tienen que hacer las personas con dificultades económicas para acogerse a un procedimiento de cancelación de deuda? ¿Cuándo y cómo iniciarlo? ¿Cómo es el procedimiento?

Lo primero que debería hacerse es contactar con un buen experto en derecho concursal, en la llamada Ley de Segunda Oportunidad. Es importante comenzar el proceso, al menos las primeras consultas, cuando se detectan las dificultades para atender de forma correcta las obligaciones de pago, evitar endeudarse para poder pagar deuda vencida, generando cada vez más deuda. El procedimiento es fundamentalmente un procedimiento documental y muy garantista tanto con los derechos del deudor como con los legítimos derechos de los acreedores, de ahí que sea necesaria la buena fe del deudor. 

Entrevista Ley de Segunda Oportunidad

¿Qúe tipo de éxito vienen obteniendo en su despacho en la asistencia a personas insolventes a la hora de cancelar sus deudas?.

En nuestro despacho se analiza en profundidad de forma totalmente gratuita y sin ningún tipo de compromiso tanto las necesidades del cliente como las posibilidades de éxito del proceso. Es por ello que el porcentaje de éxito obtenido por nosotros sea muy cercano al 100%. Solo iniciamos procesos en los que, previo estudio y evaluación, estamos seguros del éxito.


Pues este es el panorama. Un horizonte optimista, el que nos presenta Ángel, con el único nubarrón del crédito público, pero con el mensaje positivo de un procedimiento —el de Segunda Oportunidad— que podría ser más utilizado (con todas las ventajas que nos proporciona) por los ciudadanos de ser más conocido. Como nos ha indicado, cuando el endeudamiento se vuelve excesivo y no podemos hacer frente a nuestros pagos, debemos acudir a estos expertos en Ley de Segunda Oportunidad, para poner en marcha un mecanismo que nos va a permitir cancelar deudas, dejar de recibir el acoso de los acreedores, establecer un plan de pagos asumible, salvar nuestra vivienda, etc.

Cada día, nuevas familias vuelven a empezar gracias a este mecanismo. Tras la crisis de la pandemia y la actual energética, de la inflación y los tipos de interés, muchas familias pueden estar convocadas a valerse de este apoyo, descansando su problema en profesionales que evalúan gratuitamente su caso y si es viable (existen algunos requisitos para la Segunda Oportunidad que cumplen casi todos los que la necesitan), los ponen de nuevo en la senda de la viabilidad.

Quienes deseen contactar con Ángel López Sors, de LSO Abogados, lo pueden hacer en los siguientes datos:

Página Weblsoabogados.com
Teléfonos91 412 99 33    633 266 406 
Correo Electrónicoinfo@lsoabogados.com
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Su despacho se encuentra en Madrid, pero ayudan a personas de todo el territorio nacional.