El desarrollo tecnológico es imparable. Tras esta dura pandemia, buena parte de nuestra vida se desarrolla en un entorno online, marcado por una competitividad permanente entre las empresas.

Precisamente, la Comisión Europea anunció la pasada semana que va a abrir una investigación contra Google y Meta, puesto que pueden tener un acuerdo para operar de forma conjunta en el mercado que constituya un monopolio.

La Comisión Europea anunció que va a abrir una investigación contra Google y Meta, que podrían tener un acuerdo para operar de forma conjunta en el mercado, que constituya un monopolio.

La Comisión Europea lo tiene claro: va a llevar a cabo “una investigación en profundidad y con carácter prioritario”. Tanto Google como Meta ofrecen servicios de publicidad gráfica en línea a través de sus propios medios de comunicación y en distintas plataformas. 

¿Dónde puede estar el detonante de la conducta anticompetitiva? El acuerdo, más conocido con el sobrenombre de “Jedi Blue”, conlleva la celebración de unas subastas de publicidad en línea de editores externos que debilitan los términos y condiciones que puede ofrecer la competencia.

A nivel comunitario, las conductas anticompetitivas están recogidas en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (en adelante, TFUE). Si se tiene en cuenta este supuesto, el art. 101 TFUE contempla como conductas anticompetitivas las prácticas que ayuden a fijar de forma directa o indirecta los precios de compra o de venta o repartirse los mercados del sector, entre otras. Por su parte, el art. 102 TFUE prevé el abuso de posición de dominio cuando dos empresas actúen en un mercado del comercio interior realizando una explotación abusiva.

Probablemente, el detalle más peculiar se encuentre en la propia investigación, la cual se encuentra en sus primeros compases. Por el momento, la normativa comunitaria no ha establecido un límite máximo para la duración de la investigación. En definitiva, la Comisión Europea tiene la última palabra en torno a estas prácticas.