La justicia europea da esperanza a los titulares de un millón de hipotecas en España referenciadas al polémico Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) y cuyo sobrecoste para las familias, en este momento, supone un grave problema.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha concluido, en una nueva sentencia, que los consumidores «deben recibir información suficiente de los métodos de cálculo de dichos índices» antes de su contratación.

En esencia, el Tribunal Europeo debía pronunciarse sobre si el IRPH debía ser declarado nulo por infringir la Circular 5/1994 del Banco de España. Este documento precisa que, para igualar el índice con los demás existentes en el mercado, sería necesario aplicar un diferencial negativo ya que este indicador, por regla general, es más gravoso para el cliente que otros índices de aplicación generalizada, como el Euribor.

En este sentido, el TJUE ha reconocido que «esa información parece ser de utilidad para estos -los consumidores-, si atendemos al hecho de que el Banco de España estimó oportuno llamar la atención de las entidades de crédito sobre el tipo de los IRPH en relación con el tipo de interés del mercado y sobre la necesidad de aplicar un diferencial negativo para igualarlos con dicho tipo de interés«. 

No obstante, ha indicado que corresponde a los órganos judiciales «verificar que la información así proporcionada era suficiente para permitir que un consumidor medio, normalmente informado y razonablemente atento y perspicaz, tuviera efectivamente conocimiento de los métodos de cálculo del índice de referencia«.

Satisfacción en los despachos

Las diferentes asociaciones de consumidores y despachos de abogados especializados en este asunto han mostrado su satisfacción con la sentencia y han opinado que abre la puerta a que los afectados puedan recuperar su dinero.  

Para Jaime Navarro, presidente de la Asociación Nacional para la defensa del Consumo Español de Servicios (ANCES), «nunca se informaba de la necesidad de aplicar un diferencial negativo, por tanto existiría falta de transparencia en el 95% de los casos». 

En la misma línea se ha mostrado el letrado JuanJo Ortega, socio fundador del bufete Ortega y García Abogados, pionero en nuestro país en lograr  sentencias favorables de IRPH. «Este fallo reviste gran importancia para aquellos hipotecados  que tienen sus recursos en el Tribunal Supremo» ha explicado Ortega, quien ha afirmado que esta sentencia permite valorar si hubo falta de transparencia con datos objetivos.

“El Tribunal Supremo ya no puede mirar para otro lado, debe estimar los Recursos y forzar a la Banca y a los poderes públicos a llegar a un acuerdo con el millón de familias a las cuales dicho índice les ha complicado la vida” concluye.