Nadie tiene una bola de cristal, pero pintan malos tiempos. Al varapalo económico que ha supuesto la pandemia del Coronavirus —por no hablar del drama sanitario, laboral y personal para miles de familias—, hay que sumar un contexto económico demoledor caracterizado por una inflación de agresividad inusitada y un conflicto bélico en suelo europeo que está produciendo una crisis energética y de otros sectores —cereal, por ejemplo—, que están mermando la liquidez de miles de empresas.

Esto nos lleva a un escenario complejo. Tenemos miles de empresas que se perdieron con el cierre de 2020. Las que salieron trastabilladas, viven ahora un encarecimiento de la materia prima, de la energía, de su cesta de la compra, etc. que hacen muy difícil levantar la persiana cada mañana. De no ser por esa apariencia cosmética de la moratoria concursal, —que tiene mucho de anticiclón—, tendríamos un paisaje de cierres empresariales, quiebras y procedimientos concursales como ni el más calamitoso economista se atrevería a vaticinar.

Pero la moratoria parece que toca a su fin. El gobierno acelera al salir de la última curva para encarar la recta de meta con la Reforma Concursal aprobada, como sea, para que en ese procedimiento especial para microempresas (que afecta al 80% de las empresas) se disimule un poco el aluvión de concursos que van a aparecer. El ámbito concursal va a ganar un peso enorme en la actualidad de nuestro país en los próximos ejercicios y con él, la realización de los muchos bienes que habrán de convertirse en efectivo para poder poner remedio a los males de tantas empresas en dificultades y acreedores igualmente con problemas.

La Realización de bienes

Por realización de bienes, entendemos la venta de activos procedentes de la enajenación en un proceso concursal, al objeto de ser transformados en dinero líquido con el que poder hacer frente a los pagos pendientes por parte de la empresa concursada. Decimos que una empresa es insolvente cuando tiene problemas para hacer frente a sus compromisos de pago. Llegados a este punto, hay obligación de acogerse a un concurso de acreedores para, con la ayuda de una administración concursal, tratar de reflotar la empresa hacia un plan de viabilidad, o bien, de no ser ya posible, disolver la empresa conforme estipula la ley.

En todo proceso concursal, hay que atender dos propósitos:

  • Ayudar a reflotar la empresa o a disolverse de manera ordenada
  • Atender el derecho del acreedor a cobrar lo que se le adeuda

En ambos casos, obtener liquidez es vital. Esa liquidez suele venir de la venta de los bienes que le son enajenados a la empresa concursada: inmuebles, maquinaria, etc. Del éxito en la venta de estos bienes enajenados, depende en buena medida el éxito de todo el proceso concursal.

realización de bienes concursales

¿Cómo se hace la realización de bienes?

Existía un formato caduco y de poco brillo. Los juzgados se ocupaban de la venta de los bienes enajenados en los concursos. A lo sumo, se publicaba una relación listada de los mismos en el BOE. Esto tenía tan poco alcance que la traducción en ventas y en dinero líquido era una nulidad. Se tenían los bienes —oportunidades a un precio interesante— pero faltaban los clientes porque, en general, la gente potencialmente interesada en ellos no se enteraba de su disponibilidad.

Por eso, España, a imitación de lo que desde hace décadas se venía haciendo en países de nuestro entorno geográfico y cultural, asume y potencia la figura de la Entidad Especializada. Aquí me permito citar a las Guías Jurídicas de Wolters Kluwer que nos dicen al respecto:

El recurso a entidades especializadas para la venta de bienes o derechos de patrimonios insolventes, incluidas las unidades productivas en funcionamiento, es algo habitual en el escenario concursal. Consiste en la externalización de funciones liquidatorias o ventas de activos a este tipo de empresas que, por su carácter profesional, cuentan con mayor capacidad de publicidad y búsqueda de oferentes, en la idea de lograr el mejor precio posible, respetando todas las garantías de las partes. Todo ello, a cambio de una retribución.

Wolters Kluwer

Esto se puede enunciar en lengua vernácula. La entidad especializada posee un conocimiento sobre el terreno del sector/es, afectos a los bienes enajenados y, por tanto, está en condiciones de ofrecer los bienes a las personas que le van a interesar. Realiza una gestión proactiva, no pasiva, como es la de publicar en el BOE y esperar que alguien manifieste interés. La entidad especializada sale en busca del comprador para decirle «esto te puede interesar».

La oferta se la hace a más de un interlocutor. Con eso provoca la concurrencia de todas las personas que puedan estar interesadas y de esa afluencia se produce una competitividad que redunda en un mejor precio.

Las estadísticas hablan por sí solas. Las Entidades Especializadas tienen mejor porcentaje de ventas que los sistemas previos a ellas o coexistentes. Además, consiguen un ticket medio más elevado. Vamos, que venden más y consiguen más liquidez por un mismo bien. Los testimonios públicos de magistrados, juzgados mercantiles y administradores concursales en favor del uso de entidades especializadas para dar salida a los bienes que emanen de un proceso concursal están ahí para atestiguar la valía de estos profesionales.

Las Entidades Especializadas en Realización de Bienes venden más y consiguen más liquidez por un mismo bien

ANEES: la asociación que une a las Entidades Especializadas

En 2020, asistíamos al nacimiento de ANEES (Asociación Nacional de Entidades Especializadas) que se funda —por la iniciativa de algunas Entidades Especializadas pioneras— como una entidad sin ánimo de lucro que vela por el desempeño de la actividad profesional de sus asociados realizada con pericia, seriedad y eficacia. ANEES es la consecuencia de un convencimiento, el de que las Entidades Especializadas deben ejercerse desde unos estándares profesionales y que necesitan una voz aunada que defienda su utilidad —decir necesidad sería más propio—, para el conjunto de la sociedad en bien de un sector tan importante como el concursal, con tanta significación en lo que a conservación de nuestro tejido productivo se refiere.

ANEES ha sabido ser una voz activa y útil. Traducida en acciones concretas, como la creación de un registro oficial de Entidades Especializadas que es aval de excelencia. La actividad de esta asociación en defensa de los intereses de todo el colectivo de Entidades Especializadas en realización de bienes concursales ha adquirido carácter sobresaliente en el último año, siendo la voz del sector —asociados y no asociados— frente a una Reforma Concursal que no parece haber considerado la importancia de las Entidades Especializadas en el correcto funcionamiento de la vida concursal.

Desde ANEES se han planteado enmiendas a la Reforma Concursal y seguido una agenda de reuniones con las diferentes fuerzas políticas del arco parlamentario

Desde ANEES se han planteado enmiendas. Se ha seguido una intensa agenda de reuniones con las diferentes fuerzas políticas del arco parlamentario. Se ha hecho pedagogía en los medios de comunicación acerca de la importancia de la Entidad Especializada como soporte esencial a un proceso de administración concursal y se ha concienciado sobre el error de volver a confiar la venta de los bienes en una plataforma digital que, en espíritu, tanto recuerda a la vieja idea de publicar un listado de bienes en un lugar que nadie consulta después.

La importancia del asociacionismo se vislumbra en ANEES. Unidas, las voces resuenan más. Y la voz de ANEES atruena con una afirmación muy clara: los concursos de acreedores, sin liquidez, no van a ninguna parte. Las Entidades Especializadas traen esa liquidez.

Obsérvese el panorama económico. Viendo la avalancha de concursos de acreedores que vaticinan todos los estamentos pronunciados, queda clara la importancia del sector de la insolvencia en España, a punto de vivir una época de enorme intensidad. Por eso es tan importante valorar el papel de las Entidades Especializadas en favor de la marcha de los concursos y es en ese sentido que todo el sector jurídico aplaude la aparición de ANEES, en virtud de la gran estima de que gozan las entidades especializadas por parte de todos los actores y agentes del ámbito concursal.